Ubicado en Cayo Guillermo, en la provincia de Ciego de Ávila, se encuentra el Gran Muthu Rainbow Hotel, primer hotel LGBT de Cuba.
El resort de 5 estrellas Grand Rainbow Muthu Cayo Guillermo, primer hotel cubano diseñado especialmente para satisfacer las expectativas de ocio de personas lesbianas, gays, bi, trans e intersexuales (LGBTI), entró en operaciones el pasado 5 de diciembre de 2021.
Se trata de un hotel de la categoría 5 estrellas plus. Dispone de 248 habitaciones, cinco restaurantes, tres bares, sala de animación y facilidades para practicar deportes náuticos.
Directivos de MGM Muthu Hotels han manifestado, estar orgullosos “de ser la primera cadena que decide abrir un hotel dedicado al segmento LGBTI en Cuba”.
Según han informado fuentes nacionales, la selección y capacitación del personal del hotel ha estado asesorada por el Centro Nacional de Educación Sexual (Cenesex), una institución adscrita al Ministerio de Salud Pública de Cuba.
MGM Muthu Hotels es una de las principales cadenas de la industria del ocio en Europa, con hoteles en las comunidades españolas de Málaga, Almería, Tenerife, y en naciones como Reino Unido, Francia, India, Singapur y el Caribe.
La apertura del resort Grand Rainbow Muthu Cayo Guillermo ha sido descrita como un paso audaz en la diversificación de mercados hoteleros en Cuba.
Cuba decidirá sobre la legalización del matrimonio igualitario durante la actualización del nuevo Código de Familia; el que definirá al matrimonio como “la unión de dos personas con aptitud legal para ello; que voluntariamente acceden a contraerlo para construir una vida en común basada en el afecto y el amor”. El anterior código de 1975 lo había definido como “la unión voluntariamente establecida entre un hombre y una mujer”.
El tema ha provocado no pocos debates dentro de la sociedad civil cubana.
La redacción de un nuevo Código de las Familia es un requisito para la adopción por Cuba de una nueva constitución en 2019. Ese documento consagró uno de los artículos de protección contra la discriminación más amplios de cualquier constitución en el mundo. Declaró, en su artículo 42:
“Todas las personas son iguales ante la ley, reciben la misma protección y trato por parte de las autoridades, y gozan de los mismos derechos, libertades y oportunidades, sin discriminación alguna por razón de sexo, género, orientación sexual, identidad de género, edad, origen étnico , color de piel, creencia religiosa, discapacidad, origen nacional o territorial, o cualquier otra condición o circunstancia personal que implique una distinción lesiva a la dignidad humana ”.